Acerca del evento
En la sede del Instituto de Ayuda Financiera y Acción Social (IAFAS), se realizará el miércoles 22 de junio de 2022 a partir de las 10:00hs., el sorteo para la preselección de unos 6500 entrerrianos (3250 mujeres y 3250 hombres), para intervenir en la implementación del régimen de Juicio por Jurados establecido por la Ley Provincial 10.746.
El sorteo será transmitido por el canal de YouTube del Sistema de Información y Comunicación del Poder Judicial. Quienes resulten elegidos, estarán en condiciones de participar como jurados en los juicios que se realicen a partir del año 2023.
¿Dónde?
Lotería de Entre Ríos (IAFAS)
L. Alem Nº245
Paraná, Entre Ríos
¿Cuándo?
Miércoles
22 de junio de 2022
10:00hs
Autoridades
Presidenta Del STJER
Dra. Susana Medina
Presidenta De La Sala 1 En Lo Penal
Dra. Claudia Mizawak
Coordinador De Juicio Por Jurados
Dr. Fermin Bilbao
Escribano Mayor De Gobierno
Not. Alejandro Santana
Veedores
Ministerio Público Fiscal
Fiscal De Coordinación Dr. Ignacio Aramberry
Ministerio Público De La Defensa
Defensor Penal Dr. Gaspar Reca Rios
Ong Vidaer
Carla Cussimano
Ubicación
Lotería de Entre Ríos (IAFAS)
En 1933 durante el gobierno del Dr. Luis Lorenzo Etchevehere se crea por Ley Provincial la "Caja de Asistencia Social y Sanitaria de la Provincia de Entre Ríos", para recaudar fondos para promover la acción social, casi nula hasta ese momento.
La recaudación de esta caja se destinaría a combatir enfermedades, mejorar salas de hospitales, crear talleres, y colaborar con fundaciones que trabajen en la provincia, entre otras actividades.
Por entonces, se da forma a la idea de una Lotería Provincial que realiza su primer sorteo el 24 de mayo de 1934, por medio de Lotería Nacional.
Las actividades fueron creciendo y las necesidades sociales aumentando.
Por ello, a fin de lograr una mejor funcionalidad y administración de los recursos financieros, se crea en 1972 el IAFAS (Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social).
Resultados
830
644
185
734
551
251
192
365
270
460
715
279
856
216
838
271
376
064
347
674
922
209
569
065
556
852
Jurisdicción | Femenino | Masculino | Cupo Jurisdicción | Números Sorteados |
---|---|---|---|---|
PARANÁ | 600 / 600 | 600 / 600 | 1.200 | 830, 644, 185, 734, 551 |
LA PAZ | 100 / 100 | 100 / 100 | 200 | 830, 644, 185, 734, 551 |
DIAMANTE | 75 / 75 | 75 / 75 | 150 | 830, 644, 185, 734, 551 |
VICTORIA | 150 / 150 | 150 / 150 | 300 | 830, 644, 185, 734, 551, 251, 192, 365, 270, 460, 715, 279 |
NOGOYÁ | 100 / 100 | 100 / 100 | 200 | 830, 644, 185, 734, 551, 251, 192, 365 |
GUALEGUAY | 150 / 150 | 150 / 150 | 300 | 830, 644, 185, 734, 551, 251, 192, 365 |
TALA | 150 / 150 | 150 / 150 | 300 | 830, 644, 185, 734, 551, 251, 192, 365, 270, 460, 715, 279, 856, 216, 838 |
URUGUAY | 375 / 375 | 375 / 375 | 750 | 830, 644, 185, 734, 551, 251, 192, 365, 270, 460 |
GUALEGUAYCHU | 325 / 325 | 325 / 325 | 650 | 830, 644, 185, 734, 551, 251, 192, 365 |
ISLAS DEL IBICUY | 75 / 75 | 75 / 75 | 150 | 830, 644, 185, 734, 551, 251, 192, 365, 270, 460, 715, 279, 856, 216, 838, 271, 376, 064, 347, 674, 922 |
VILLAGUAY | 100 / 100 | 100 / 100 | 200 | 830, 644, 185, 734, 551, 251 |
CONCORDIA | 350 / 350 | 350 / 350 | 700 | 830, 644, 185, 734, 551, 251, 192 |
FEDERAL | 100 / 100 | 100 / 100 | 200 | 830, 644, 185, 734, 551, 251, 192, 365, 270, 460, 715 |
COLÓN | 150 / 150 | 150 / 150 | 300 | 830, 644, 185, 734, 551, 251, 192 |
FELICIANO | 75 / 75 | 75 / 75 | 150 | 830, 644, 185, 734, 551, 251, 192, 365, 270, 460, 715, 279, 856, 216 |
FEDERACIÓN | 125 / 125 | 125 / 125 | 250 | 830, 644, 185, 734, 551, 251, 192, 365, 270, 460, 715 |
SAN SALVADOR | 50 / 50 | 50 / 50 | 100 | 830, 644, 185, 734, 551, 251, 192 |
CHAJARI | 150 / 150 | 150 / 150 | 300 | 830, 644, 185, 734, 551, 251, 192, 365, 270, 460, 715 |
VILLA PARANACITO | 50 / 50 | 50 / 50 | 100 | 830, 644, 185, 734, 551, 251, 192, 365, 270, 460, 715, 279, 856, 216, 838, 271, 376, 064, 347, 674, 922, 209, 569, 556, 852 |
TOTALES | 3.250 / 3.250 | 3.250 / 3.250 | 6.500 |
Organismos



Preguntas Frecuentes
-
Requisitos para ser jurados
Podrán ser designados como jurados hombres y mujeres o los naturalizados que acrediten dos años de ejercicio previo de la ciudadanía argentina; quienes sean mayores de 18 años y tengan hasta 75; deberán saber leer, escribir, hablar y entender plenamente el idioma nacional; gozar del pleno ejercicio de los derechos políticos; tener domicilio conocido y una residencia no inferior a un año en el departamento de la jurisdicción del lugar del hecho.
-
Incompatibilidades
El artículo 14 de la Ley 10.746 establece las incompatibilidades y quienes no podrán desempeñarse como miembros de Jurados durante el tiempo que ejerzan sus funciones y hasta dos años posteriores a su cese. Entre ellos figuran el gobernador, el vicegobernador, intendentes, viceintendentes, presidentes de comunas, ministros, secretarios, subsecretarios, directores y funcionarios equivalentes del poder Ejecutivo, de los municipios y de las comunas hasta el rango fuera de escalafón de los estatutos públicos. Senadores y diputados nacionales y provinciales, concejales, vocales de comunas y los funcionarios de los poderes legislativos nacional, provincial y municipal o comunal hasta el rango de fuera de escala. Los magistrados y funcionarios del Poder Judicial, del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa. Tampoco podrán ser parte de jurados quienes ocupen cargos directivos de un partido político o sindicato legalmente reconocido, los integrantes de las fuerzas armadas y de seguridad en actividad, los ministros de cultos reconocidos oficialmente o no reconocidos; el fiscal de Estado, el contador General de la provincia, el tesorero General, los miembros directivos del Tribunal de Cuentas y cualquier otro funcionario de rango equivalente y sus análogos en el municipio y/o organismos públicos equivalentes de creación futura. Los abogados, procuradores, martilleros, escribanos y contadores públicos matriculados como así también los de profesiones afines al control de las partes. Los profesores universitarios de disciplinas jurídicas o de medicina legal o relacionados directamente con el Poder Judicial.
Contacto
Oficina de Juicio por Jurados